Reforma Jubilatoria- Ley N°20.130
Reconocimiento de servicios anteriores a 04/1996
ATENCION LAS PERSONAS CON 60 AÑOS DE EDAD O MAS
- Por el art. 219 de la ley citada, todas las personas que hayan tenido actividad amparada por el BPS
antes del 01/04/1996, y que no se encuentre registrada en su historia laboral y no hayan iniciado el
trámite reconocimiento de servicio, deberán hacerlos de acuerdo al cronograma, según la edad que
tuvieran al 01/06/2023.
- Si al 01/06/2023 tenías 60 años o más, tienes plazo para reconocer tus servicios no registrados en la
historia laboral hasta el 31/05/2025.
- Vencido este plazo NO se admitirá la denuncia de servicios anteriores al 01/04/1996.
El próximo año, a partir del 01/06/2025 le corresponde a las personas entre 55 y 59 años al
01/06/2023, iniciar su reconocimiento de servicio, quienes podrán hacerlo hasta el 31/05/2027.
Reconocimiento de servicios patronales anteriores al 30/01/2014-
Por el art. 222 de la misma ley se dispone que se registraran los servicios y asignaciones computables
de hechos generadores, anteriores al 30/01/2014, que hubieran sido declarados antes de dicha
fecha o hayan sido probados mediante inspección.
BPS aquí)
- Por el art. 219 de la ley citada, todas las personas que hayan tenido actividad amparada por el BPS antes del 01/04/1996, y que no se encuentre registrada en su historia laboral y no hayan iniciado el trámite reconocimiento de servicio, deberán hacerlos de acuerdo al cronograma, según la edad que tuvieran al 01/06/2023.
- Si al 01/06/2023 tenías 60 años o más, tienes plazo para reconocer tus servicios no registrados en la historia laboral hasta el 31/05/2025.
- Vencido este plazo NO se admitirá la denuncia de servicios anteriores al 01/04/1996. El próximo año, a partir del 01/06/2025 le corresponde a las personas entre 55 y 59 años al 01/06/2023, iniciar su reconocimiento de servicio, quienes podrán hacerlo hasta el 31/05/2027.
Reconocimiento de servicios patronales anteriores al 30/01/2014-
Por el art. 222 de la misma ley se dispone que se registraran los servicios y asignaciones computables de hechos generadores, anteriores al 30/01/2014, que hubieran sido declarados antes de dicha fecha o hayan sido probados mediante inspección.
BPS aquí)